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¿Qué es la ley de inclusión laboral?

¿Qué es la Ley de Inclusión Laboral (Ley 21.015)?

La Ley 21.015 establece que todas las empresas con 100 o más trabajadores deben contratar, al menos, un 1% de su dotación con personas con discapacidad o asignatarias de una pensión de invalidez.

 

El cumplimiento puede realizarse de forma directa, mediante contratación, o de manera alternativa, cuando existan razones fundadas, a través de medidas subsidiarias, como donaciones a proyectos de inclusión laboral certificados.

Plazos clave – Proceso 2026

 

Enero de 2026:
Último plazo para declarar el cumplimiento de la Ley 21.015 ante la Dirección del Trabajo, vía comunicación electrónica.

 

Cálculo del 1%:
Se determina sobre el promedio mensual de trabajadores entre el
1 de noviembre de 2024 y el 31 de octubre de 2025.

 

Fecha límite de declaración:
Antes del 30 de enero de 2026.

¿Cómo cumplir mediante donación?

Calcular el 1% de trabajadores con discapacidad

Se calcula sobre el promedio anual de trabajadores (nov. 2024 – oct. 2025).
Si el resultado es decimal, se redondea hacia abajo.

Calcular el monto de donación

La donación anual debe equivaler a 24 ingresos mínimos mensuales por cada trabajador con discapacidad no contratado.

 

Esto corresponde a 2 ingresos mínimos mensuales por mes, por cada trabajador faltante.

Donación y registro

La donación debe realizarse durante enero de 2026.

 

Posteriormente, la empresa debe registrar el certificado de donación en la plataforma de la Dirección del Trabajo.

Medidas subsidiarias permitidas

Cuando existan razones fundadas, la ley permite cumplir mediante:

  • Donaciones a proyectos o programas de inclusión laboral certificados.
  • Contratos de prestación de servicios con empresas que tengan contratadas personas con discapacidad.



Restricciones importantes

  • No se puede donar a instituciones donde participen el donante, su cónyuge, conviviente civil o parientes hasta el tercer grado.
  • Estas donaciones no generan beneficios tributarios, pero sí constituyen gasto necesario para producir renta.

¿A quién donar?

La normativa exige realizar donaciones al menos a dos instituciones distintas, una de ellas fuera de la Región Metropolitana.


Corporación La Esperanza cuenta con proyectos en la Región Metropolitana y regiones, cumpliendo plenamente este requisito legal.

¿Por qué trabajar con Corporación La Esperanza?

Somos una institución sin fines de lucro, acreditada por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, que trabaja en prevención, rehabilitación y reinserción laboral de personas con consumo problemático de drogas y discapacidad asociada.

A través de nuestros programas:

    • Apoyamos procesos reales de inclusión laboral
    • Permitimos cumplir la Ley 21.015 de forma correcta y validable
    • Transformamos una obligación legal en impacto social concreto, evitando multas de hasta 60 UTM mensuales por trabajador no contratado

¿Qué esperas para contactarnos?

La Ley 21.015 no es solo una exigencia normativa.
Es una oportunidad para que las empresas contribuyan activamente a reducir la exclusión laboral y fortalecer una sociedad más justa e inclusiva.

 

Si requieres más detalles, escríbenos: vconcha@corporacionesperanza.cl / +56 2 2362 4600 / 4601